Compromiso: 07.- Ordenar la suspensión del funcionamiento de la actividad o instalación ruidosa en un plazo máximo de 4 meses en el 75% de los casos y de 6 meses en el 90 % de los casos desde la finalización de la comprobación inspectora de incumplimiento tras finalizar los plazos concedidos para subsanar las deficiencias.